El criterio aprobado por el Consejo Escolar del Centro a los efectos de baremación de punto complementario contemplado en el Decreto 366/197 “Otra circunstancia justificada por la dirección del centro con criterios públicos objetivos”, se otorgará a “LOS ASISTENTES A LAS JORNADAS DE PUERTAS ABIERTAS O AL ALUMNADO PROCEDENTE DE ALGUNA DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE LA ZONA”, aportando datos justificativos que deben solicitar al centro.
IMPORTANTE
Se recuerda a las familias que solo se puede presentar una única instancia en el centro elegido en primera opción. La presentación de más de una instancia en centros diferentes serán resueltas por la Comisión de Escolarización en último lugar.